Carlos Hernández /
El Juzgado de lo Penal nº 1 de Palma ha condenado a G.E.P.G como responsable de un delito de atentado y dos delitos leves de agresión, por atacar y agredir a una médica y a un técnico del 061 en Palma. La sentencia 00291/2018 (dictada de conformidad a petición de la defensa este 19 de octubre) impone al acusado una pena de seis meses de prisión por un delito de atentado, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, y a una multa de veinte días con una cuota de cuatro euros diarios.
En concepto de responsabilidad civil, el acusado deberá indemnizar a la doctora agredida con 900 euros y al técnico con 5.620 euros. La jueza del caso dicta la suspensión de la ejecución de la pena de prisión, pero la condiciona al pago de la responsabilidad civil.
Los hechos, que la sentencia recoge como probados, se remontan a marzo de 2018, cuando el acusado, hijo de la paciente para la que se solicitó el servicio de atención urgente del 061, “manifestó agresividad y oposición a las decisiones médicas de la doctora”. Seguidamente, G.E.P.G comenzó a insultar a la médica, se abalanzó sobre ella y comenzó a golpearla tras tirarla al suelo. Al mismo tiempo, un técnico de la ambulancia se interpuso en defensa de la doctora y también resultó herido por los golpes del hijo de la paciente. El técnico, a pesar de las lesiones sufridas, logró reducir al atacante hasta la llegada de la Policía.
Como en otros casos de agresión a médicos, el Col·legi de Metges de les Illes Balears (Comib) se personó como acusación particular en defensa de la médica. Representando a la facultativa demandante ha actuado la abogada María Antonia Fuster, en representación del bufete Fiol Abogados, que presta el servicio de asesoría jurídica del Comib.
Según el Código Penal español, agredir a un médico cuando está trabajando es considerado un delito de atentado contra la autoridad.