El Instituto de Investigación Sanitaria de Balears (IdISBa) ha aprobado la primera oferta pública de empleo de acuerdo con el Estatuto del personal investigador laboral, promulgado mediante el Decreto 17/2019, de 16 de marzo, de carrera investigadora.
En total, se trata de siete plazas de investigador titular con las que se pretende promover la estabilidad laboral en el IdISBA. De estas siete colocaciones, cuatro serán promovidas mediante concurso-oposición.
Igualmente, otras dos plazas corresponden a investigadores que, cuando se aprobó el Decreto, ya contaban con un contrato de incorporación adscrito al programa de RRHH (‘Miguel Servet’) que anualmente publica el Instituto de Salud Carlos III (ISCIII) en la Acción Estratégica en Salud. Cuando estos investigadores pasen la evaluación positiva del ISCIII, que se realiza durante el cuarto año de contrato sobre un total de cinco ejercicios anuales, pasarán a ser investigadores estables en el IdISBa, una vez que haya expirado el contrato ‘Miguel Servet’.
La plaza restante está destinada a un investigador asociado con título de doctor que, si consigue uno de los contratos de incorporación, tanto del ISCIII (‘Miguel Servet’) como del Ministerio de Ciencia e Innovación (‘Ramón y Cajal’), pasará a formar parte de la plantilla estable del IdISBa. El único requisito es que obtenga una evaluación positiva por parte de las entidades financiadoras.
Cabe recordar que el Consell de Govern aprobó, en marzo de 2019, el Decreto de carrera investigadora (el primero de estas características que veía la luz en España), que regula el Estatuto del personal investigador laboral al servicio de los institutos de investigación sanitaria de Balears.
Mérito y esfuerzo
Este Decreto permite proporcionar a los investigadores sanitarios condiciones laborales adecuadas a su mérito y esfuerzo, propicia la estabilidad laboral, les garantiza seguridad jurídica y promueve la igualdad de oportunidades para los investigadores del IdISBa.
Antes de aprobarse el Decreto, el personal investigador contratado por el instituto se hallaba sometido al régimen jurídico general del sector público instrumental de la Comunidad Autónoma, una situación que no permitía tener en cuenta las peculiaridades intrínsecamente asociadas con la labor investigadora.
Al mismo tiempo, en este contexto no se preveía la existencia de una carrera investigadora, entendida como el conjunto ordenado de oportunidades de ascenso y expectativas de progreso profesional de conformidad con los principios de igualdad, mérito y capacidad.
Según ha explicado el Govern, esta carencia de definición de la carrera investigadora causaba deficiencias en la forma de contratación, los sistemas de selección, los incentivos y el seguimiento y la evaluación de la labor investigadora.
Sin embargo, a partir de la promulgación de la nueva normativa, quedó definida una carrera investigadora articulada en sucesivas etapas, con incremento de responsabilidad y remuneración en función de la fase de que se trate. Precisamente, una de las consecuencias positivas de este nuevo marco laboral es la aprobación de la oferta pública de empleo que comprende estas siete plazas.