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La mascarilla ya no es obligatoria en zonas interiores, salvo en hospitales, residencias y transporte público

A partir de este miércoles 20 de abril ya no es obligatoria en España, salvo en determinados supuestos, la utilización de la mascarilla de protección frente al Covid, en espacios interiores.

Así lo aprobó este martes el Consejo de Ministros, y la medida ha entrado en vigor este miércoles, una vez que se ha hecho efectiva su correspondiente publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

En la rueda de prensa posterior a la reunión ministerial, la titular de Sanidad, Carolina Darias, explicó que la alta cobertura vacunal y la actual situación epidemiológica han hecho posible la flexibilización de esta normativa.

No obstante, Darias aclaró que el uso de las mascarillas seguirá siendo obligatorio en determinados contextos y, además, se aconseja su utilización en diferentes situaciones, sobre todo las relacionadas con la interrelación con personas y entornos de especial vulnerabilidad.

Equipamientos con uso obligatorio de la mascarilla

De esa manera, la mascarilla deberá seguir utilizándose, imperativamente, en centros, servicios y establecimientos sanitarios, como hospitales, centros de salud, centros de transfusión o farmacias, tanto por parte de los profesionales que trabajen en estos equipamientos como de los usuarios. En cambio, la mascarilla no será obligatoria en el caso de pacientes que se encuentren ingresados mientras permanezcan en sus habitaciones.

Igualmente, continuará siendo obligatorio el uso de mascarillas en centros sociosanitarios, como residencias de personas mayores, tanto para trabajadores como para visitantes, pero no será así cuando se trate de usuarios residentes.

Al mismo tiempo, la norma se mantiene inalterable en el transporte aéreo, por ferrocarril o por cable y en los autobuses, así como en los transportes públicos de viajeros. También será así en el caso de los espacios cerrados de buques y embarcaciones cuando no sea posible mantener la distancia de seguridad de 1,5 metros, salvo en los camarotes, cuando sean compartidos.

En palabras de la ministra de Sanidad, con el Real Decreto aprobado este martes se sigue “avanzando, desde la prudencia, la gradualidad y la progresividad” frente a la pandemia. La medida recoge el dictamen de las personas expertas de la Ponencia de Alertas, órgano del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud al que fue igualmente trasladada la propuesta en la sesión plenaria que se celebró en Toledo, el pasado 6 de abril.

El Govern celebra la flexibilización

Entretanto, desde Balears, el Govern  ha celebrado el “éxito social” que supone la eliminación de la obligatoriedad de las mascarillas en los espacios interiores, que ha achacado “al respeto a las medidas de precaución y a las altas cifras de vacunación”.

La consellera de Presidència, Funció Pública i Igualtat, Mercedes Garrido, ha confirmado que en las islas se mantendrá la obligación de la mascarilla exclusivamente en los centros de trabajo sanitarios y sociosanitarios, donde se debe observar un especial cuidado por la presencia de personas que son más vulnerables ante el Covid. Otro caso, tal como sucede en el resto del territorio nacional, es el transporte público.

Para el resto de los recintos de interior, incluido el ámbito educativo, la norma anterior ha quedado extinguida. A pesar de ello, el Govern recomienda la utilización de la mascarilla cuando no se pueda mantener la distancia de seguridad, no haya mamparas de seguridad o en espacios comunes, como, por ejemplo, accesos, reuniones, baños y áreas de descanso, entre otras dependencias.

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