El Foro de Atención Primaria ha propuesto simplificar el modelo de Incapacidad Temporal eliminando los aspectos burocráticos, unificando los modelos, generalizando el formato electrónico y facilitando la emisión de los partes por el facultativo responsable del proceso clínico en todos los niveles asistenciales a partir de enero de 2023
Las sucesivas olas de COVID han puesto de manifiesto la precariedad de Atención Primaria en todo el territorio nacional, con un notorio déficit de profesionales que se agravará en un futuro cercano, algo que se ha recogido en todos los medios profesionales y generalistas. Es necesario la implementación urgente de medidas que garanticen la asistencia sanitaria, señala el Foro.
Estas medidas han de limitar además las actividades burocráticas y asegurar que cada actividad se realiza en el nivel asistencial y por el profesional adecuado en beneficio del paciente. La Incapacidad Temporal es un derecho del paciente cuando su situación de salud le impide desarrollar su trabajo y los trámites.
Heredados de un modelo decimonónico –señalan desde el Foro– deben ser adaptados a la administración digital, con participación de todos los elementos implicados, con plazos adecuados y realizados por el profesional que atiende al paciente en cada momento del curso clínico.
Con estos condicionantes, el Foro de Atención Primaria, en el que se encuentran representados todos los niveles profesionales, científicos y laborales de los médicos que trabajan en el primer nivel asistencial, proponen a las Administraciones Autonómicas y al INSS que tomen las medidas necesarias para garantizar la emisión de los partes de baja, confirmación y alta.
Y que estas emisiones sea por parte de los profesionales de todos los niveles asistenciales. También proponen que se tomen las medidas necesarias para simplificar el procedimiento eliminando los aspectos que carecen de valor clínico o eximiendo a los profesionales médicos de su realización.
Aunque los médicos de familia han asumido históricamente todo el proceso de IT, por motivos de proximidad geográfica, la ley establece la obligación de todos los médicos del SPS de expedir los documentos de incapacidad en el mismo acto clínico, con independencia del puesto de trabajo, incluidas consultas, hospitalización y urgencias.