El Consell de Govern aprobó ayer el decreto de nuevas categorías de personal estatutario en el ámbito del Ibsalut. Esta norma crea nueve categorías nuevas de personal estatutario en el ámbito de este servicio y regula sus requisitos de titulación, funciones y retribuciones. Además, se modifican las funciones de otras tres categorías existentes.
La aprobación de este decreto responde a la necesidad de la Administración sanitaria de adecuarse a las nuevas necesidades y para mejorar la calidad de la asistencia, lo que implica la existencia de unas categorías profesionales adecuadas y adaptadas a las necesidades de cada momento, que permitan incorporar al sistema sanitario a las personas que estén más preparadas profesionalmente para cubrir estas necesidades.
Las categorías de nueva creación son las siguientes: En primer lugar, en el ámbito del personal estatutario sanitario con formación universitaria, se crean las categorías de médico de emergencias, médico de cuidados paliativos y médico de hospitalización a domicilio.
En segundo lugar, en el ámbito del personal estatutario de gestión y servicios con formación universitaria, se crean las categorías de técnico en ciencias de la información, técnico en asesoramiento lingüístico y técnico en actividad física.
En tercer lugar, en el ámbito del personal estatutario sanitario con formación profesional, se crean las categorías de técnico superior especialista en audiología protética y técnico superior especialista en ortoprótesis y productos de soporte.
En cuarto y último lugar, en el ámbito del personal estatutario de gestión y servicios perteneciente al grupo de otras agrupaciones, se crea la categoría de técnico de transporte sanitario. En este decreto se modifican también las funciones de tres categorías profesionales ya existentes: conductor, técnico superior de sistemas y tecnologías de la información y técnico de gestión de sistemas y tecnologías de la información.
Las categorías creadas por este decreto se regulan bajo el régimen de la Ley del Estatuto básico del empleado público, del Estatuto marco del personal estatutario de los servicios de salud, y por la normativa aplicable al personal estatutario del Ibsalut. Este decreto se aprueba después de haberse negociado con las organizaciones sindicales más representativas presentes en la Mesa Sectorial de Sanidad.
A fin de cumplir el principio de transparencia, en la fase de anteproyecto, el texto ha sido sometido a los trámites de consulta pública previa, audiencia e información pública. Igualmente, han emitido informes el Instituto Balear de la Mujer, los consejos de Salud, y Económico y Social, la Comisión de Personal de la Comunidad Autónoma y el Consejo Consultivo de las Illes Balears.