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Seis personas murieron por eutanasia en Baleares en 2022, una «prestación» del Gobierno y del Govern «de progrés» desde junio de 2021

Interior de una morgue en un hospital abandonado en Holanda. P.J.L Laurens - Trabajo propio / Wikipedia.

Durante el año pasado 2033, seis personas murieron por eutanasia en Baleares, una «prestación» del Gobierno y el Govern «de progrés» que se puso en marcha el 25 de junio de 2021 en cumplimiento de Ley orgánica 3/2021, de 24 de marzo, de regulación de la eutanasia. Cuatro de los así fallecidos sufrían patologías neurológicas, una oncológicas y otra traumatológicas.

En total, en 2022 se presentaron en Baleares 25 solicitudes, dos de las cuales todavía estaban en trámite al empezar el 2023. Así lo ha dado a conocer la Comisión de Garantía y Evaluación del Derecho a la Prestación de Ayuda para Morir en las Islas Baleares en su memoria anual, disponible en los próximos días en las web del Servicio de Planificación Sanitaria la de Eutanasia de la CAIB.

De acuerdo con esta memoria, por islas, de las 25 solicitudes recibidas a lo largo de 2022, 18 se tramitaron en Mallorca, una en Menorca y 6 en Eivissa. Por sexo, 13 correspondían a hombres y 12 a mujeres. Por tramos de edad, una fue una persona entre 18 y 30 años, dos entre 30 y 39, una entre 40 y 49, 7 entre 50 y 59, 3 entre 60 y 69, 5 entre 70 y 79, 3 entre 80 y 89 y 3 entre 90 y 100 años.

La mayoría de las solicitudes (11) presentaban patologías neurológicas, 9 oncológicas, una de salud mental, 3 traumatológicas y un caso sufría multimorbilidad. Por lo que respecta a las eutanasias practicadas, 2 eran hombres y 4 mujeres. Una tenía entre 40 y 49 años, una entre 50 y 59 años, una entre 60 y 69 años, dos entre 70 y 79 años y una entre 90 y 100 años.

En relación con el tiempo de respuesta, todas las solicitudes se han atendido en los plazos que marca la normativa. La Ley orgánica 3/2021 establece un procedimiento complejo para la solicitud y verificación de la eutanasia. En el caso de Baleares, la media de días entre la primera solicitud y la muerte ha sido de 58 días. En algunos casos se solicitaron aplazamientos por decisión del paciente.

Actualmente, ya se ha aprobado el decreto regulador del registro de objetores en el que se pueden inscribir todos los profesionales directamente implicados y que quieran acogerse a su derecho de objeción a participar en esta prestación. El registro se encuentra en estado de pruebas técnicas para poder abrirlo.

La Conselleria saliente de Salud y Consumo de las Illes Balears garantiza el cumplimiento de esta ley, cuyo objetivo principal es regular un nuevo derecho individual y una nueva «prestación» sanitaria: la eutanasia o ayuda para morir. La Consejería de Salud y Consumo saliente trabaja para facilitar este tipo de muerte, asesorar, acompañar y formar a todos los profesionales implicados.

Puede solicitar la ayuda para morir aquella persona que sufra una enfermedad grave e incurable o un sufrimiento grave, crónico e imposibilitante en los términos establecidos por la Ley, certificado por un médico responsable, que provoque un sufrimiento que considera inaceptable y que no se haya podido mitigar por otros medios.

Puede solicitar la muerte por eutanasia para otra persona quien ésta haya manifestado en su nombre, en el documento de voluntades anticipadas. Con el objetivo de ofrecer información, está habilitada la web eutanasia.caib.es , donde se pueden encontrar apartados de preguntas frecuentes para profesionales y ciudadanos, normativa, documentación diversa y notas de prensa.

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