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El GCCOM recuerda la normativa sobre las Certificaciones de Defunción en general y en los casos con Covid-19

JUAN RIERA ROCA / El Consejo General de Colegios de Médicos (CGCCM) de España ha emitido un comunicado para todos sus colegiados en el que indica cómo actuar en estos momentos a la hora de tramitar los certificados de defunción, en los momentos excepcionales del estado de alarma por Covid-19

Estas indicaciones se hacen siguiendo las directrices del Ministerio de Sanidad y del Ministerio de Justicia, en relación a las Certificaciones de Defunción de fallecidos por causas naturales, y en especial en los casos con Covid-19 o sospecha de infección.

Estas indicaciones se hacen también de acuerdo con indicaciones propuestas por la Organización Mundial de la Salud (OMS), de modo que la Vocalía Nacional de Administraciones Públicas del CGCCOM informa acerca del procedimiento a seguir:

1.- Debido a la necesidad de contar con los medios adecuados de protección contra los riesgos biológicos y en particular contra la exposición al COVID-19, se recuerda la necesidad de seguir las recomendaciones efectuadas por el Ministerio de Sanidad, y reducir al mínimo imprescindible los reconocimientos en situaciones de riesgo.

2.- La intervención judicial del Médico Forense se limitará, por tanto, a los casos de muerte violenta o en los que exista clara sospecha de criminalidad.

3.- En el resto de los casos, la certificación de la muerte corresponde a los médicos asistenciales de los Servicios Públicos o Privados de Salud.

4.- Para la emisión de los correspondientes certificados de defunción, en los casos de probable infección por Covid-19 en el medio comunitario sin confirmación analítica, una vez consultados, si ello es posible, los antecedentes médicos del fallecido con especial atención a la sintomatología descrita de la infección, se procederá a certificar de la siguiente manera.
– Causa Inicial o Fundamental de la Muerte: COVID-19 NO CONFIRMADO o SOSPECHA DE INFECCIÓN POR CORONAVIRUS.
– Causa Inmediata: la causa última que se considere correcta, sirva como ejemplos “fallo multiorgánico”, “distrés respiratorio” o “insuficiencia respiratoria aguda”.
– Podrán reflejarse causas intermedias si las hubiera o se conocieran: “neumonía” “sepsis” o “coagulopatía”.
– En el apartado otros procesos deberán recogerse las patologías o comorbilidades que conllevan un mayor riesgo de desarrollar enfermedad grave si existieran: “enfermedades cardiovasculares” “hipertensión arterial” o “diabetes”.

5.- En los casos de COVID 19 confirmado mediante test de laboratorio, la Causa Fundamental deberá recogerlo de la siguiente manera: COVID-19 CONFIRMADO. Para el resto de la certificación se procederá como en el apartado anterior.

Todo ello sin perjuicio de la colaboración que sea requerida a los médicos forenses por parte de las autoridades sanitarias.

El contenido de este documento cumple los principios de Ética Médica y es conforme a lo establecido en el Código de Deontología Médica vigente.

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