No hay comentarios

Cierre perimetral de la isla de Formentera para proteger a sus habitantes de los contagios de COVID19

Imagen de Elisabeth Conrad – http://wikitravel.org/de/Bild:SanFrancesc1998.jpg

El Consell de Formentera ha pedido al Govern que decrete el cierre perimetral de la pitiusa menor para proteger a sus habitantes de los contagios de COVID19, que son potencialmente peligrosos especialmente en la cercana isla de Ibiza.

El Consell Insular de Formentera, ha acordado esta medida, que se vehicula a través de un decreto de la presidenta del Govern balear, Francina Armengol, y que permanecerá vigente a partir de mañana y hasta el 30 de enero.

Como ha indicado la portavoz del Govern, Pilar Costa, este cierre «incluye las excepciones que prevé el decreto de estado de alarma a nivel estatal»: ir al médico o a otros servicios sabitrios, a clase o regresar a la residencia habitual.

Alejandra Ferrer, presidenta del Consell, ha dicho que se trata de una medida para “proteger a los ciudadanos de Formentera y ser solidarios y colaborar para mantener la atención sanitaria en nuestra área de Salud de Eivissa y Formentera”.

La presidenta ha destacado “la importancia de tratar de llegar al verano con la situación más favorable, para poder garantizar la reactivación económica turística, y también para que se pueda hacer el proceso de vacunación con normalidad”.

De acuerdo con los indicadores epidemiológicos, Formentera, con una incidencia acumulada a 14 días (IA14) superior a los 200 casos por 100.000 habitantes, se encuentra en una situación muy diferente de la de las otras islas.

Esta diferencia es especialmente patente con la Isla de Eivissa, donde la IA14 es superior a los 1.000 casos por 100.000 habitantes. En Formentera, la IA14 había disminuido con rapidez desde el 29 de diciembre (644) hasta el 7 de enero (198).

Sin embargo, esa incidencia acumulada a 14 días ha presentado un nuevo repunte de incidencia, que ayer, día 14, era de 22,94 casos/100.000 habitantes. Este freno y nuevo ascenso se aprecia mejor en la tasa de IA7 días.

La IA7 era de 66 casos/100.000 habitantes el 7 de enero y ha pasado casi a triplicarse el 14 de enero con 165,14 casos/100.000 habitantes. El valor de reproducción instantáneo ha pasado a menos de 1 a de 1,5 el día 12 de enero.

Este valor no debe superar el 1 en unas condiciones que se puedan considerar favorables y su incremento indica que el número de casos que se producirán en los próximos días presentarán un crecimiento importante.

Además, el índice de potencial crecimiento epidèmic (EPG) ha pasado de ser de 186 puntos el día 8 de enero a 317 el día 12, y sigue una evolución a la alza, según informan fuentes del Servicio Balear de Epidemiología.

Las pruebas diagnósticas en Formentera, que presentaban un porcentaje de positividad del 11’3 % el 30 de diciembre, siguen estancadas prácticamente en el mismo valor, duplicando los niveles aconsejados por la OMS.

Todos estos indicadores justifican la decisión de adoptar medidas de cierre perimetral de la isla, la cual se mantendrá en el nivel 3 de alerta sanitaria. De este modo, se la protege de la influencia de las otras islas, que están en el 4.

Y se protege a los formenterenses muy especialmente de la vecina Eivissa, que actualmente, presenta una IA14 superior a los 1.000 casos por 100.000 habitantes, que, por lo tanto, se sitúa más de 15 veces por encima de lo normal.

Otros indicadores epidemiológicos superan en más de 7 veces los puntos porcentuales por encima de la recomendación de los organismos internacionales, que sitúan un territorio en riesgo epidemiológico cuando esta tasa supera el 3%.

Debido a esta situación, se ha considerado oportuno restringir la entrada y salida de personas en Formentera, si bien se exceptúan las actividades siguientes:

a) Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.

b) Cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales o empresariales.

c) Asistencia a centros docentes y educativos, incluyendo las escoletes de educación infantil.

d) Regreso al lugar de residencia habitual o familiar.

e) Asistencia y cuidado de gente mayor, personas menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.

f) Desplazamientos a entidades financieras y de seguros.

g) Para llevar a cabo actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos, judiciales o notariales.

h) Para hacer renovaciones de permisos y documentación oficial, así como otros trámites administrativos inaplazables.

y) Para hacer exámenes o pruebas oficiales inaplazables.

j) A causa de fuerza mayor o situación de necesidad.

k) Cualquier otra actividad de naturaleza análoga

Publicaciones recientes

Publicaciones recientes

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Rellena este campo
Rellena este campo
Por favor, introduce una dirección de correo electrónico válida.

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.