Dada la mejora de la situación epidemiológica y asistencial, la Consellería de Salud y Consumo reduce en una hora las limitaciones nocturnas en Mallorca -que serán de 2.00 a 6.00-y se amplía la ocupación máxima de las mesas de establecimientos de entretenimiento, restauración y ocio nocturno que pasa a ser de 8 clientes en los interiores y de 12 en exteriores.
Los datos epidemiológicos a día 26 de agosto que recoge la resolución indican que la incidencia acumulada a 14 días (IA14) por cada 100.000 habitantes era de 355,3 en Mallorca; de 264,5 en Menorca; de 550, 6 en Ibiza y de 361,2 en Formentera, mejorando sensiblemente los picos de IA de la quinta ola, aunque aún lejos de la IA14 inferior a 50 de una situación ideal.
En cuanto a la situación asistencial, en Mallorca la ocupación de camas críticas era del 22,1%, mientras que la ocupación de planta era del 6%; en Menorca, la ocupación de las Unidades de Cuidados Intensivos (UCI) era del 11,11% y la de las camas de planta era del 1,82% y al área de Salud de Ibiza y Formentera la ocupación de las camas críticas era del 14, 75% y de las camas de planta, del 13,52%.
Así pues desde hoy, hasta las 24 horas del 6 de septiembre de 2021, el horario máximo para llevar a cabo reuniones y encuentros familiares y sociales en horario nocturno es de 2.00 a 6.00, y por tanto, el horario de conclusión de las actividades colectivas de carácter social, cultural, deportivo, de ocio, restauración y hostelería será el mismo.
También se modifica para la isla de Mallorca la ocupación máxima por mesa de los establecimientos de entretenimiento, restauración y ocio nocturno, que pasa a ser de 8 clientes en los interiores y de 12 en los exteriores, tal como prevé el Plan para las islas de Menorca y Formentera, que la semana pasada ya presentaban una situación epidemiológica mejor.
Ibiza se mantiene como estaba: la limitación nocturna tiene lugar entre 1.00 y 6.00 de la madrugada y la ocupación por mesa es de 4 clientes en el interior y de 8 al exterior. Recordar que, según la normativa que entró en vigor el 24 de julio, las reuniones y encuentros familiares y sociales en horario nocturno se tienen que fijar según estas limitaciones:
Cuando la IA14 en la isla sea superior a 350 casos por 100.000 habitantes y la presión hospitalaria sea superior al 5% en relación con las camas de cuidados críticos o del 2% en relación con las camas de hospitalización, siempre por COVID-19, no se permitirán reuniones sociales o familiares en el horario comprendido entre las 02.00 y las 6.00 horas, excepto de convivientes.
Cuando la IA14 en la isla sea superior a 450 casos por 100.000 habitantes y la presión hospitalaria sea superior al 10% en relación con las camas de cuidados críticos por COVID-19 o del 5% en relación con las camas de hospitalización por COVID-19, no se permitirán reuniones sociales o familiares entre las 01.00 y las 6.00 horas, excepto si son convivientes.